ATP. BENEFICIOS COMUNICADOS POR AFIP. |
Tal como venimos informando en cada envío de novedades, les comunicamos que desde ayer (viernes 24/4), la AFIP comenzó a comunicar a los contribuyentes la aprobación de la inclusión en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción que mencionamos en los envíos anteriores. Dicha comunicación la realiza el organismo a través de su Ventanilla Electrónica. Les sugerimos que ingresen allí para verificarlo.
Les recordamos que el beneficio más importante que se encuentra en ese programa es el “Salario Complementario”. Ese salario lo transferirá la ANSES y consistirá en un monto equivalente al 50% del salario neto del trabajador correspondiente al mes de febrero de 2020, no pudiendo ser inferior a un Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), ni superar los 2 SMVM… Es decir, debe ser entre los $16.750 y $33.500, aproximadamente por cada trabajador. Es importante que todos los que obtengan este beneficio mencionado, corroboren 2 datos de sus empleados en el “Simplificación Registral Empleadores”: · CBUs de todos los empleados: Que dicho dato se encuentre incorporado al sistema mencionado (en Datos Complementarios). Allí depositarán este sueldo complementario. · Convenio Colectivo de Trabajo de todos los empleados: Que se encuentre declarado en el sistema (Modificaciones / Bajas). |
Estaremos pendientes de las nuevas novedades de estos beneficios que pueden ser una ayuda al agenciero en estos momentos difíciles que nos encontramos atravesando. |
|
Dpto. Contable Cómisión Directiva 25 de abril de 2020 |