Informamos a nuestros agencieros y socios que paritarios de CAOLBA y CAOLAB nos hemos reunido en reiteradas oportunidades con las herramientas tecnológicas hoy disponibles con los representantes de ALEARA y hemos arribado a un acuerdo respecto a las suspensiones por causa de fuerza mayor que establece el art. 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, de esta forma para el mes de abril de 2020, los sueldos se podrían llevar a los siguientes porcentajes según el caso:
- 75% para aquellos trabajadores con suspensión total de la actividad laboral.
- 90% para aquellos trabajadores con suspensión parcial de la actividad laboral que se encuentran prestando tareas y cuyo volumen se haya disminuido significativamente.
En ambos casos, se acuerda el mínimo a percibir en $26.000.
Del sueldo a pagar que resulte según se aplique alguna de las opciones comentadas anteriormente se detraerá el importe correspondiente al salario complementario establecido por el decreto 332/2020. Recordemos que dicha asignación del estado es el 50% del salario de febrero de 2020 con un mínimo de $16.875 (un SMVM) y un máximo de $33.750 (dos SMVM) aproximadamente.
Para homologar dicho acuerdo, el sindicato nos puso como condición cerrar las paritarias del 2019 (que hasta la fecha sólo habíamos otorgado un 20% en todo el año) e incorporar los $4.000 del Decreto 14/2020 referido a las paritarias del 2020. Para esto, se debió incrementar un pequeño porcentaje de los básicos de convenio para Abril (Como ejemplo, el operario principal pasa de $32.525 (Sueldo Básico de $ 28.525 + Dto.14/2020 $4.000) a $35.470… Un 9% aprox.)
De esta manera, mientras que las agencias no vuelvan a la actividad, rige la suspensión suscripta y que el Sindicato manifestó prorrogar (de mediar acuerdo expreso) hasta que podamos volver a la actividad.
Por ello, el agenciero aliviana de sobremanera sus gastos por sueldos y cargas sociales y este aumento no influye en sus erogaciones.
La erogación de Sueldos y Cargas Sociales del mes de abril de 2020 se verá reducida aproximadamente un 30% respecto marzo. Dicho porcentaje se reduce aproximadamente al 70 % si se incluye el aporte del estado según DNU 332/2020 ATP. Todo esto correspondiente a la categoría de Operador Principal.
Acordamos además con el sindicato:
- a) Tomarnos a cuenta de este acuerdo, los $5.000 establecidos en el año 2019 por el DNU 665/2019. De esta manera, será de una ayuda para abonar en 2/3 meses este acuerdo realizado.
b) Los $4000 correspondientes al decreto (decreto 14/2020) e incorporados al básico, serán tomados a cuenta en el posterior acuerdo de sueldos (acuerdo 2020).
Se ponen a disposición los documentos firmados entre la CAOLBA y ALEARA.
CAOLBA 223bisCAOBA 665-19vistaderecha
CAOLBA 19-20